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Explicador: lo que necesitás saber para ir a votar este próximo domingo

MONTEVIDEO (Verificado.uy/Uypress)- Este domingo, como cada cinco años, los uruguayos irán a las urnas para resolver la primera vuelta de las elecciones nacionales. Acá contestamos algunas de las dudas que puedan surgir: ¿Dónde y cuándo se vota? Entre las 8:00 de la mañana del 27 de octubre y las 19:30 funcionarán en todo el país los circuitos habilitados por la Corte Electoral para celebrar las elecciones nacionales. En este interactivo cada ciudadano puede consultar dónde le toca ir a votar. Cumplido el horario estipulado, se habilitará una prórroga de hasta una hora, pudiendo votar sólo aquellos que se encontraran dentro del recinto al momento del cierre.

¿QUÉ SE VOTA Y CÓMO HACERLO?

Además de elegir una dupla presidencial para el período 2020-2025, este domingo se define también el Parlamento, es decir, los miembros que integran la Cámara de Senadores y de Representantes, además de la la Junta Electoral de cada departamento. Particularmente, en esta oportunidad se podrá votar a favor de la reforma constitucional Vivir sin Miedo, que impulsó el senador nacionalista Jorge Larrañaga. Quienes apoyan la iniciativa deberán colocar dentro del sobre de votación la papeleta del Sí. No hay hojas que representen el voto negativo. La expresión de voluntad contraria a la reforma se expresará, simplemente, sin colocar el papel del Sí.

¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR?

Podrán votar quienes estén inscriptos y habilitados en el Registro Cívico Nacional, para lo cual es requisito mínimo ser mayor de 18 años o cumplirlos a la fecha de las elecciones nacionales. Las personas que por algún motivo no cumplan todo lo requerido para emitir el voto, deberán hacerlo en una situación especial. Es lo que se conoce como voto observado. Este puede ser simple o por identidad. En el primer caso se encuentran, entre otros, quienes no posean credencial al momento del sufragio pero figuren en el padrón. En esa situación, podrán votar con cédula de identidad. El segundo se da cuando la Comisión Receptora interpone una observación a la identidad de la persona que está intentando sufragar. Los votos observados se colocan en un sobre especial, de color azul, y son identificados en una planilla junto a los datos del votante. Podrán votar los electores que no tienen ciudadanía pero viven en el país desde hace 15 años o más, poseen capital o propiedades, o profesan alguna ciencia, arte o industria, presentando constancia de buena conducta (Artículo 78 de la Constitución de la República). Sin embargo, estas personas no tienen permitido votar a favor o en contra de la reforma constitucional. Todas las disposiciones dictaminadas por la Corte Electoral pueden consultarse aquí.

¿QUÉ ES EL VOTO ANULADO Y EL VOTO EN BLANCO?

Un voto anulado se da cuando dentro del sobre aparecen listas de distinto lema, o si las hojas de votación o de ratificación plebiscitaria están acompañadas de cualquier elemento extraño o rayadas, escritas, con roturas o dobleces, incluso con el plástico que las envuelve, o que denoten intencionalidad por parte del elector. Si en el sobre se incluyen tres o más hojas idénticas, ya sean de votación o ratificación plebiscitaria, se anula también la totalidad del voto. Debido a la proliferación de hojas de votación irregulares a favor del plebiscito Vivir sin Miedo, la Corte Electoral determinó no anular las listas a los candidatos de los sobres que contengan una papeleta apócrifa. "La Corte tomó una resolución que fue similar a una que tomó en otro plebiscito de reforma constitucional", expresó a Verificado, el ministro de la Corte Electoral José Ignacio Korzeniak. El voto en blanco, en cambio, es cuando no se coloca ninguna hoja de votación dentro del sobre. También, por voto en blanco se considera si dentro del sobre solamente hay objetos extraños, monedas, papeles, hojas de votación de elecciones anteriores, o simplemente el sobre vacío.

¿CÓMO SE CUENTAN LOS VOTOS ANULADOS Y EN BLANCO?

Los votos anulados y en blanco no cuentan para la elección de legisladores del Parlamento, pero sí para la elección presidencial y para el plebiscito. Para repartir las bancas parlamentarias, los votos en blanco y anulado no son tomados en cuenta. Allí solo se contemplan los votos válidos (votos a un partido). Lo que sucede, entonces, es que si se dan muchos votos en blanco o anulado, el total sobre el que se calcula la asignación de escaños se reduce, lo que genera una menor cantidad de votos para obtener, por ejemplo, la mayoría parlamentaria. Para el conteo de votos en la elección del presidente la situación es otra: los votos anulado y en blanco son tomados en cuenta. Es decir, para que un partido gane en primera vuelta necesita la mayoría absoluta de los votos emitidos (a partidos, en blanco o anulado). En el caso del plebiscito Vivir sin Miedo, la normativa es igual que para la elección de presidente. Para su aprobación, la reforma constitucional requerirá del 50% más uno de los votos emitidos.

El artículo pertenece a la redacción de Verificado. uy, la primera coalición de medios de comunicación, academia y sociedad civil creada en Uruguay para afrontar el problema de la desinformación durante la campaña electoral 2019. Contactate con la redacción por: Mail: hola@verificado.uy Facebook: Verificado.uy Twitter: @verificadouy Instagram: verificadouy

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