MONTEVIDEO (Uypress) – Se conoció la nueva versión del decreto sobre el rotulado de alimentos. La nueva versión, de fecha 2 de setiembre, sustituye partes del decreto 272/018 del 29 d agosto de 2018, en lo que refiere al "rotulado en su cara frontal, los alimentos envasados en ausencia del cliente en cuyo proceso de elaboración se haya agregado sodio, azúcares o grasas y en cuya composición final el contenido de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas, exceda los valores allí establecidos".

En junio se había anunciado que se cambiaría la advertencia, que pasaría de señalar "exceso de" a "alto en", pero esta nueva versión hay una serie de modificaciones en lo que tiene que ver con los límites de grasas, azúcares o sal agregados para que aparezca la advertencia "exceso de". En el decreto se señala que "se entiende pertinente revisar los criterios para definir el contenido excesivo de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas a fin de establecer valores más adecuados, que permitan alcanzar los objetivos legítimos del Reglamento Técnico establecido por el Decreto Nº 272/018, ajustándolos a las recomendaciones recibidas".

"Lo que se considera es la cantidad que existe del nutriente en 100 gramos de producto en caso de sólidos y 100 mililitros en el caso de líquidos. Antes lo que se hacía era una flexibilización de los criterios que define la Organización Panamericana de la Salud y se consideraba la proporción de las calorías que venían de cada uno de los nutrientes", dijo al programa No toquen nada el ingeniero en alimentos Gastón Ares, integrante del Núcleo Alimentación y Bienestar de la Universidad de la República, que participó en la redacción de la primera versión del decreto. Este nuevo decreto entrará en vigencia en 2021, por lo que de momento seguirá rigiendo el anterior.